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Convocatoria No. 7 de 2024, Filarmónica de Música Colombiana

Comunicaciones

4 de jul de 2024

Convocatoria No. 7 de 2024. En el marco del Convenio No. 090-2024 suscrito entre la Corporación Artística y Cultural Carmiña Gallo y la Orquesta Filarmónica de Bogotá Integrantes Filarmónica de Música Colombiana.



  1. Introducción


La Orquesta Filarmónica de Bogotá (OFB) es un establecimiento público del orden distrital, creado mediante Acuerdo del Concejo Distrital No. 71 de 1967, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, cuya máxima autoridad administrativa es la Junta Directiva. El citado Acuerdo 71 en su artículo 4 establece que la entidad estará obligada a prestar sus servicios culturales de conformidad con los planes de la Administración Distrital.

 

Según lo establecido en el Acuerdo 001 del 1 de febrero de 2011, la Orquesta Filarmónica de Bogotá, como entidad adscrita a la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, tiene como objeto ejecutar de manera concertada las políticas de la administración distrital, mediante la prestación de servicios culturales, en el área de la música sinfónica, académica y el canto lírico; la difusión y ejecución del repertorio sinfónico universal y nacional y la administración de sus escenarios culturales.

 

Para los correspondientes efectos se entenderá la cultura como el conjunto de los rasgos distintivos, espirituales y materiales, intelectuales y afectivos que caracterizan el conglomerado humano que habita en el Distrito Capital y a sus distintos sectores y comunidades y que engloba además de las artes y las letras los modos de vida, los derechos fundamentales del ser humano, los sistemas de valores, las tradiciones y las creencias y bajo el reconocimiento de que la cultura es por su propia naturaleza, dinámica y cambiante.

 

La Orquesta Filarmónica de Bogotá pretende garantizar el ejercicio de los derechos culturales de los ciudadanos del Distrito Capital al confirmar la programación Sinfónica en escenarios no habituales como corredores culturales, parques, iglesias, auditorios, bibliotecas, etc. con un enfoque poblacional en las diferentes localidades de la ciudad.

 

Para este efecto la entidad en septiembre de 2020 conformó la Filarmónica de Música Colombiana, agrupación conformada por quince jóvenes entre 18 a 28 años, estudiantes y profesionales en la interpretación de la bandola, la guitarra, el tiple y el contrabajo. La agrupación permite consolidar una oferta musical variada que constituye una oportunidad de desarrollo artístico, de formación y fomento a la actividad musical para los jóvenes talentosos del país, garantizando el acceso a los derechos culturales de todos los habitantes del Distrito Capital de los diferentes grupos etarios y poblacionales con un enfoque territorial.

 

En esta oportunidad, dentro del Convenio No. 090 de 2024 suscrito entre Orquesta Filarmónica de Bogotá y la Corporación Artística y Cultural Carmiña Gallo, se requiere adelantar una convocatoria con el fin de dar continuidad a la programación de actividades de la Filarmónica de Música Colombiana, para lo cual se requiere un (1) bandolista de la cuerda primera para completar la plantilla y un listado de tres (3) elegibles de bandola que por sus calidades musicales estén a disposición para integrar la Filarmónica de Música Colombiana.



2. Bases de la convocatoria


2.1 ¿En qué consiste la convocatoria?

Para la conformación de la Filarmónica de Música Colombiana, se requiere convocar jóvenes músicos entre los 18 y 28 años, cumplidos a la fecha de las audiciones, que se encuentren interesados en integrar la agrupación en la categoría Tutti en los siguientes instrumentos:

 

Filarmónica de Música Colombiana:

  • Una (1) bandola primera

  • Tres (3) bandolas tutti (elegibles)

 

Nota: es preciso señalar que los músicos seleccionados en la presente convocatoria podrán ser convocados para participar en cualquiera de las Agrupaciones Filarmónicas de la Orquesta Filarmónica de Bogotá que integran el proyecto de agrupaciones juveniles, de acuerdo con la necesidad Institucional y los requerimientos particulares de cada proyecto artístico.

 

Se realizará una verificación de las competencias musicales de los inscritos y seleccionará a los músicos que sobresalgan por su mejor desempeño, los cuales quedarán habilitados para la eventual vinculación al proyecto musical. Es de tener en cuenta que los músicos seleccionados harán parte de un proyecto de circulación y formación en la práctica orquestal y que la vinculación al proyecto no genera relación laboral alguna. Del mismo modo, la permanencia en el proyecto estará sujeta a evaluaciones artísticas permanentes. El ser seleccionado por la presente convocatoria, no garantiza derechos de permanencia perennes en el proyecto. Finalmente, es de aclarar, que las causales de desvinculación ─por edad o por los resultados de las evaluaciones artísticas de cada agrupación─ no están sujetas a discusión y/o excepciones por parte de la Entidad.

 

Los músicos seleccionados dentro de la convocatoria podrán acceder a la suscripción de un contrato de prestación de servicios directamente con la Corporación Artística y Cultural Carmiña Gallo de acuerdo con las necesidades artísticas de la Orquesta Filarmónica de Bogotá en el marco del convenio referido. Los contratos a suscribir tendrán las siguientes condiciones:

 

  • Objeto: Contratar los servicios artísticos de EL ARTISTA para su participación como instrumentista en los ensayos y presentaciones de las Agrupaciones Filarmónicas de la Orquesta Filarmónica de Bogotá de acuerdo con la necesidad.

  • Plazo de ejecución: periodo comprendido entre los meses de julio a diciembre. Para el caso de los músicos elegibles su contrato tendrá un plazo inicial de tres meses prorrogables de acuerdo con el desempeño artístico y las necesidades institucionales.

 

Cabe aclarar que para esta convocatoria se establecen las siguientes categorías de acuerdo con los soportes académicos de cada artista y los honorarios estarán asociados a los siguientes valores.

 

  • Tutti: Tres millones sesenta y dos mil trescientos veintisiete pesos m/cte. ($3.062.327)

  • Tutti Estudiante: Dos millones cincuenta y seis mil setecientos ochenta y siete pesos m/cte. ($2.056.787)



 2.2 ¿Quiénes pueden participar en la convocatoria?

Podrán postularse jóvenes músicos colombianos y extranjeros residentes en Colombia que tengan mínimo 18 años cumplidos a la fecha de audición y máximo 28 años, que cumplan con las siguientes características: profesionales graduados en música o estudiantes universitarios activos que estén cursando o hayan aprobado quinto semestre de instrumento en un programa universitario acreditado y conducente a título relacionado con la música.



2.3 Etapas del proceso de convocatoria

  1. Inscripción y documentación requerida 

 

Los interesados en esta convocatoria deberán diligenciar su inscripción una sola vez a través de la página web de la Corporación Artística Carmiña Gallohttps://www.corporacioncarminagallo.com/ en el micrositio denominado Convocatoria N°7 de 2024 Filarmónica de Música Colombiana OFB desde el jueves 4 de julio de 2024 hasta el jueves 11 de julio de 2024 a las 6:00pm hora colombiana. Los aspirantes deben incluir la totalidad de la información requerida y subir completamente los siguientes documentos en formato pdf con el nombre del participante. 

 

  • Copia del acta de grado o diploma o certificado de estudio con una expedición no mayor a noventa (90) días al cierre de la convocatoria.

  • Copia de documento de identidad.

  • Extranjeros: copia de la visa o permiso de trabajo vigente y aplicable según la nacionalidad del postulante, expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.

 

Nota I: solamente se tendrán en cuenta a los postulantes que envíen la totalidad de documentos, ninguno de estos es subsanable.

Nota II: las inscripciones enviadas con posterioridad a la fecha de cierre, no serán tenidas en cuenta.

Nota III: un aspirante podrá realizar solamente una inscripción a la presente convocatoria, en caso de realizar dos veces la inscripción, automáticamente será descalificado.

 

2.3.1 Publicación del listado de habilitados y no habilitados

 

La publicación del listado de habilitados y no habilitados a realizar la audición se informará a través de la página web https://www.corporacioncarminagallo.com/ el 8 de julio de 2024.


 

2.3.2 Publicación de programación de audiciones

 

El cronograma de audiciones se publicará en la página web https://www.corporacioncarminagallo.com/ el martes 9 de julio de 2024


 

2.3.3 Audiciones presenciales

 

Quienes diligenciaron su inscripción completa en los plazos establecidos en la presente convocatoria y aportaron los documentos de acuerdo con las condiciones solicitadas, deberán presentarse a la audición en el lugar, fecha y hora definidos y publicados en la misma para tal fin.

 

Los postulantes habilitados deberán presentar el siguiente repertorio:



Nota: las partituras correspondientes a las obras citadas para cada audición deben solicitarse al siguiente enlace de acuerdo con las fechas establecidas en el cronograma de la presente convocatoria, indicando el instrumento al cual se va a postular y aclarando el pensum de la agrupación a la cual se postula. https://forms.gle/sSpi9AQkUEz19o3V6

 

Nota 1: para acceder a presentarse a la audición, los aspirantes seleccionados deben presentar su documento de identificación.



2.3.5 Publicación de resultados

 

A partir del 12 el 15 de julio de 2024 se publicará en la página web https://www.corporacioncarminagallo.com/ el acta de resultados de audición que incluye una de las siguientes categorías para cada participante:

 

a. Elegido

Corresponde a los músicos con mejor puntaje, por encima de ochenta y cinco (85)* puntos y que tendrán la opción de hacer parte del proyecto de las Agrupaciones Filarmónicas de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, de acuerdo a la plantilla de cada agrupación.

 

b. Elegible

Corresponde a los músicos con puntajes entre ochenta (80)* y ochenta y cuatro punto nueve (84.9)* puntos. Un músico elegible podrá ocupar el puesto del Elegido, en caso de que éste no acepte el ofrecimiento o en caso de que ningún participante obtenga la calificación para ser elegido. La condición de Elegible tiene una vigencia de un año a partir de la fecha de la audición o hasta que se abra una nueva convocatoria

 

c. No elegido

Corresponde a los músicos que obtengan un puntaje inferior a setenta y nueve punto nueve (79,9)* puntos.

 

 * Sobre una escala de 0 a 100

 

NOTA 1: La Corporación Artística y Cultural Carmiña Gallo en conjunto con la Orquesta Filarmónica de Bogotá podrá reservarse el derecho a la selección de los músicos elegibles, bajo criterios objetivos en cuanto a calidad y necesidad institucional.

NOTA 2: El resultado de esta convocatoria no está sujeto a recursos.

NOTA 3: En caso de empate, se procederá a realizar una segunda audición con el mismo pensum de la audición para los músicos que obtuvieron resultados idénticos.


 

2.4 Cronograma de la convocatoria



*Nota: Estas fechas podrán variar de acuerdo con el número de inscritos. Es responsabilidad de los concursantes hacer el seguimiento y verificación del estado de la presente convocatoria a través de la página web https://www.corporacioncarminagallo.com/ Información al correo info@ofb.gov.co.




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